Delito
Acción u omisión contraria al ordenamiento jurídico y sometida a una sanción
Nº Q1184244 ★★★
Rara · Historia
Delito
Acción u omisión contraria al ordenamiento jurídico y sometida a una sanción
El término delito se define como una conducta típica, antijurídica, imputable, culpable, sometida a una sanción penal y a veces a condiciones objetivas de punibilidad. Supone una infracción del derecho penal.
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El término delito se define como una conducta típica, antijurídica, imputable, culpable, sometida a una sanción penal y a veces a condiciones objetivas de punibilidad. Supone una infracción del derecho penal. Es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley. En idioma español, las palabras «delito» y «crimen» son utilizadas con significado sinónimo, aunque en el campo del derecho predomina el uso de «delito», mientras que en el campo de la sociología y las disciplinas técnicas de investigación, se emplea «crimen». En inglés se utiliza la palabra «crime» (crimen). En la legislación de algunos países de habla hispana, como Argentina y Chile, se usa también la expresión «delito civil» para referirse al acto civil intencional no contractual que causa un daño a otra persona, y la expresión «cuasi delito civil», cuando el acto dañino es negligente.
Texto: Wikipédia, CC BY-SA 4.0. · Imagen: Pieter Brueghel the Elder (Public domain) ·