Partus sequitur ventrem
Antigua doctrina jurídica de la esclavitud por nacimiento
Nº Q3896875 ★
Común · Literatura
Partus sequitur ventrem
Antigua doctrina jurídica de la esclavitud por nacimiento
Partus sequitur ventrem (L. "Lo que nace sigue al vientre"; también partus) fue una doctrina legal aprobada en la Virginia colonial en 1662 y en otras colonias de la Corona inglesa en América que definía el estatus legal de los niños nacidos allí; la doctrina ordenaba que todos los niños heredaran el estatus legal de sus madres. Por lo tanto, los hijos de las mujeres esclavizadas nacerían en la esclavitud. La doctrina legal de partus sequitur ventrem se derivaba del derecho civil romano, concretamente de las partes relativas a la esclavitud y...
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Partus sequitur ventrem (L. "Lo que nace sigue al vientre"; también partus) fue una doctrina legal aprobada en la Virginia colonial en 1662 y en otras colonias de la Corona inglesa en América que definía el estatus legal de los niños nacidos allí; la doctrina ordenaba que todos los niños heredaran el estatus legal de sus madres. Por lo tanto, los hijos de las mujeres esclavizadas nacerían en la esclavitud. La doctrina legal de partus sequitur ventrem se derivaba del derecho civil romano, concretamente de las partes relativas a la esclavitud y a la propiedad personal. Otras culturas del Viejo Mundo también esclavizaban a los hijos de las esclavas. En el Egipto musulmán del s. IX, la mayoría de los esclavos lo eran por nacimiento; Corea en 1036 aprobó legislación que hacía esclavos de los hijos de las esclavas. No se trata de una importación a América puesto que entre los indígenas de América antes del Descubrimiento ya se practicaba entre muchas de las tribus la esclavitud de los niños nacidos a las esclavas. El efecto más significativo de la doctrina fue esclavizar a todos los niños nacidos de mujeres esclavizadas. En Nueva España se empleaba el mismo principio durante la primera mitad del s. XVII, precediendo, así, a Virginia por, al menos, medio siglo: la mayoría de los hijos de esclavas nacían en Méjico esclavos. Partus sequitur ventrem pronto se extendió desde la colonia de Virginia a la totalidad de las Trece Colonias. Como función de la economía política de la esclavitud en la América colonial, el legalismo del partus sequitur ventrem eximía al padre biológico de la relación con los hijos que engendraba con las mujeres esclavizadas, y otorgaba todos los derechos sobre los hijos al propietario de los esclavos. La negación de la paternidad a los niños...
Texto: Wikipédia, CC BY-SA 4.0. · Imagen: Miscellaneous Items in High Demand, PPOC, Library of Congres... (Public domain) ·