Sector privado

Sector de la economía dirigido por entidades no estatales

El sector privado, que se contrapone al sector público, es aquella parte de la economía que busca el lucro en su actividad y que no está controlada por el Estado.​​ Por contraste, las empresas que pertenecen al Estado son parte del sector público. Las organizaciones privadas sin ánimo de lucro están incluidas en el sector voluntario o tercer sector.

Nº Q591763 ★★

Poco común · Saberes

Sector privado

Sector de la economía dirigido por entidades no estatales

El sector privado, que se contrapone al sector público, es aquella parte de la economía que busca el lucro en su actividad y que no está controlada por el Estado.​​ Por contraste, las empresas que pertenecen al Estado son parte del sector público. Las organizaciones privadas sin ánimo de lucro están incluidas en el sector voluntario o tercer sector.

Último precio

—

Precio mínimo

—

Mediana 7 d

—

Ventas 30 d

0

Rango 30 d

—

En circulación

0

Cotización

Ver tabla
Fechamediana MínMáxventas

Historial de ventas

Última venta
—
Media 30 d
—
Mínimo 30 d
—
Máximo 30 d
—
Ventas 7 d
0
Ventas 30 d
0

Aún no hay ventas.

Ventas anónimas: sin comprador ni vendedor. Las cifras solo cuentan ventas entre jugadores.

En Wikipedia

El sector privado, que se contrapone al sector público, es aquella parte de la economía que busca el lucro en su actividad y que no está controlada por el Estado.​​ Por contraste, las empresas que pertenecen al Estado son parte del sector público. Las organizaciones privadas sin ánimo de lucro están incluidas en el sector voluntario o tercer sector. Las formas jurídicas en que se pueden desarrollar las actividades del sector privado son muy variadas​ y van desde el ejercicio individual por una persona de una actividad empresarial (trabajador autónomo) hasta las grandes compañías que cotizan en bolsa y son propiedad de miles de accionistas, pasando por otras formas como la sociedad de responsabilidad limitada, la comunidad de bienes, la unión temporal de empresas (UTE), etc. En cada país la legislación recoge unas formas y les asigna unas determinadas características. Aunque 2 países compartan el mismo idioma y sea válida en ellas la misma forma jurídica, puede adoptar denominaciones oficiales diferentes. Asimismo, hay formas jurídicas que existen en unos países y no en otros. Incluso aunque la misma forma jurídica exista en 2 países distintos con la misma denominación, puede tener en ellos tratamiento y obligaciones diferentes.

Texto: Wikipédia, CC BY-SA 4.0. · Imagen: Twice25 (CC BY 2.5) ·

Cartas cercanas

Ver la ficha

Confirmación